Ir al contenido principal

Continúa el Seminario en Materia de Teorías Jurídicas Contemporáneas y sus Implicaciones en el Marco del Control Difuso de Constitucionalidad y Convencionalidad

Continúa el Seminario en Materia de Teorías Jurídicas Contemporáneas y sus Implicaciones en el Marco del Control Difuso de Constitucionalidad y Convencionalidad, impartido por el Dr. Jorge Ulises Carmona Tinoco, en las instalaciones del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativo.

En la sesión del 5 de noviembre, después de realizar una recapitulación de los diferentes puntos abordados anteriormente, el expositor invitado se refirió a las fuentes del Derecho Internacional, las cuales nutren en forma principal a los derechos humanos precisamente en el contexto multinacional, a saber: los tratados, la costumbre y los principios aceptados por las naciones civilizadas.


Adicionalmente, deben tomarse en consideración dos fuentes de carácter accesorio: la doctrina en la materia y los precedentes de los organismos jurisdiccionales internacionales.

Fue mencionado que en la Convención de Viena de 1969, sobre el derecho de los tratados, están contenidas las reglas que establecen la regulación integral de cualquier tratado internacional, concertados entre los Estados, desde su definición, aprobación, denuncia, entrada en vigor, e incluso, la interpretación de sus disposiciones con base en las cuales son respaldadas las consideraciones en que sean sustentados los fallos jurisdiccionales. Cabe distinguir entre el instrumento precitado, y la diversa Convención de Viena de 1986, relativa a la celebración de tratados entre los Estados y los organismos internacionales.

Respecto al régimen interior de los tratados internacionales, a la luz de la Constitución General de la República, el ponente anotó la prohibición a las entidades federativas para celebrar tratados internacionales, a fin de mantener un control estricto y evitar una indiscriminada concertación de instrumentos internacionales (artículo 116), así como la prohibición de pactos multinacionales contrarios a los derechos humanos reconocidos en otros tratados (artículo 15, último párrafo).

En relación a la celebración de tratados, la Carta Magna prevé las atribuciones del Presidente y del Senado, en sus numerales 89 y 76, respectivamente.

Por otra parte existen referencias expresas al derecho internacional en los preceptos 27 y 42 de la Ley Fundamental, y en el terreno de la aplicación de los tratados internacionales, el artículo 104 Constitucional reserva el conocimiento de este aspecto a los tribunales federales.

A juicio del expositor, el fundamento del control difuso de constitucionalidad y convencionalidad, están en los ordinales 103, 105 y 15 de la Constitución, en el entendido de que la mayor jerarquía del orden jurídico serán los derechos humanos establecidos en la. Norma Fundamental, en los Tratados Internacionales y, por encima de ambos, las restricciones a las prerrogativas humanas previstas en el propio texto constitucional.

En cuanto a la regulación legal de los tratados internacionales habrá que atender a la ley sobre la celebración de tratados de 1992, de aplicación general, la ley sobre la celebración de tratados en materia económica, así como la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La última sesión del seminario tendrá verificativo el jueves 7 de noviembre, con lo que se cerrará un ciclo de conferencias sumamente productivas y de gran interés para el público asistente.


Elaborado por: Lic. Mauricio Estrada  Avilés
Subdirector Académico
Centro de Estudios Superiores

Centro, ideas en movimiento….

Entradas más populares de este blog

Manual de Derecho Administrativo, Autor: Henry Alexander Mejía

Este libro constituye sin lugar a dudas una útil herramienta tanto para el académico como el practicante del Derecho Administrativo, dividida en tres grandes partes. La primera de ellas, trata abundantemente lo relacionado con la doctrina general de esta rama jurídica y la administración pública, desde el punto de vista orgánico. Consecuentemente quedan comprendidos temas tales como: la introducción al Derecho Administrativo, sus relaciones con otras áreas de la ciencia jurídica y sus fuentes, con especial énfasis al régimen positivo de El Salvador, pero sin omitir referencias a otros países, incluido México. La segunda parte hace alusión a la función administrativa, destacando sus primordiales institutos: el acto y el procedimiento administrativo, el estatuto aplicable a la contratación administrativa y la atribución sancionadora de las autoridades del ramo. La última sección contiene lo relativo al control de la legalidad sobre la ac...

METODOLOGÍA JURÍDICA, Autor: Bartolo Pablo Rodríguez Cepeda

A diferencia de las publicaciones anteriores sobre metodología jurídica, éste libro la plantea a partir de su fundamento, que es la teoría del conocimiento jurídico. Se refiere a la forma de las técnicas de investigación y al fondo de la investigación misma. El autor, Pablo Rodríguez Cepeda, muestra a los estudiantes de Derecho, en qué consiste el método en la ciencia y de qué forma ese método  se utiliza en el Derecho. Muestra una gama de diversos pensadores, que han construido la ciencia, las formas que exploraron para llegar a las conclusiones y  a los planteamientos e ideas que nos han legado. Enseña al lector como conducir sus propias tareas y como elaborar sus trabajos de investigación, o incluso como redactar sus trabajos con la metodología propiamente dicha.  En ese orden de ideas, desarrolla el tema de método y metodología, señala la importancia del método para la actuación humana, la relación entre método y técnica; las implicacione...

La Mente Jurídica, El razonamiento Jurídico y sus formas de expresión argumentativa - Autor: Juan Abelardo Hernández Franco

La formación de los profesionales del Derecho precisa la impartición de asignaturas con un objeto específico durante el curso de los estudios, a nivel licenciatura o posgrado. Actualmente la enseñanza de la ciencia jurídica en las universidades tanto públicas como privadas está centrada en la adquisición de conocimientos jurídicos, contenidos en la legislación, doctrina y jurisprudencia; así como el desarrollo de dos áreas consideradas como esenciales para el ejercicio de la profesión, la argumentación y la redacción jurídicas. La primera, atiende a las técnicas para fundar y motivar la solución que se adopta en relación con un problema legal, sea desde la perspectiva del abogado litigante, juzgador, académico o legislador. La segunda, está referida a la expresión de los motivos y fundamentos aludidos, con miras a su comunicación hacia terceros. Sin embargo, un matiz que se ha dejado de lado, pese a su capital importancia, es el proceso de razonamiento merced el cual...