La segunda sesión del curso: “Instrumentos Electrónicos en Derecho Fiscal” volvió a contar con la presencia de la Lic. Alicia Edith Trejo Jiménez, de la Secretaría de Economía y especialista en temas de medios electrónicos en el ámbito administrativo, para exponer específicamente el tema concerniente a los antecedentes nacionales sobre el tratamiento de la información electrónica.
En esta ocasión fue tratada la regulación jurídica de los instrumentos de trato dentro de la esfera de competencia de la dependencia administrativa señalada, sobre todo tratándose de los actos de comercio, indicando la normatividad que resulta aplicable sobre el particular, destacando al respecto:
- El Código de Comercio
- La Norma Oficial NOM-151-SCFI-2002, correspondiente a: “Prácticas Comerciales-Requisitos que deben Observarse para la Conservación de Mensajes de Datos”
- El acuerdo relativo a la recepción de promociones por medio de comunicación electrónica
- La Ley de Firma Electrónica Avanzada
Con relación a la firma electrónica avanzada fueron analizados los objetivos pretendidos por su correlativa ley, como son: dar autenticidad en cuanto al emisor y contenido del mensaje de datos, que sería su principio rector; aglutinar, en una sola normatividad, diversas reglas que con antelación estaban diseminadas en diversas disposiciones administrativas; proporcionar el fundamento jurídico así como el empleo de dicha firma en sendos trámites ante las autoridades del fuero federal; uniformar a las diversas entidades certificadoras que intervienen en la expedición de firmas electrónicas.
Es así que el conjunto de trámites que pueden realizarse a través de la utilización de la firma electrónica avanzada constituyen lo que hoy en día es conocido como gobierno electrónico, cuya implementación da agilidad, eficacia y eficiencia a la actividad de los entes públicos y, a su vez, contribuye contundentemente al abatimiento de prácticas de corrupción que tan perniciosas han resultado para la vida nacional.
Finalmente fueron comentadas a manera de ejemplo, en forma enunciativa mas no limitativa, las instancias y materias, públicas y privadas, en las cuales son aplicables los instrumentos electrónicos en nuestro país, como son:
- Sistema Integral de la Gestión Registral
- Ventanilla Única
- tuempresa.gob.mx
- Registro Único de Garantías Inmobiliarias
- Juicio en Línea ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
- Colegio de Notarios del Distrito Federal
- Sociedad Hipotecaria Federal
- Firma Electrónica Avanzada (FIEL ante el Servicio de Administración Tributaria)
Elaborado por: Lic. Mauricio Estrada Avilés
Subdirector Académico
Centro de Estudios Superiores
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