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SE MODIFICA EL DIVERSO G/JGA/42/2020 RELATIVO AL PROTOCOLO PARA LA REACTIVACIÓN ORDENADA, GRADUADA, ESCALONADA, CONTROLADA, RESPONSABLE Y SEGURA DE LAS FUNCIONES JURISDICCIONALES Y ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

 JUNTA DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN 

ACUERDO G/JGA/23/2021 

SE MODIFICA EL DIVERSO G/JGA/42/2020 RELATIVO AL PROTOCOLO PARA LA REACTIVACIÓN ORDENADA, GRADUADA, ESCALONADA, CONTROLADA, RESPONSABLE Y SEGURA DE LAS FUNCIONES JURISDICCIONALES Y ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA


CONSIDERANDO 

Primero. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (Ley Orgánica), el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (Tribunal) es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena. 

Segundo. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica establece que la Junta de Gobierno y Administración, es el órgano del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones. 

Tercero. Que en términos del artículo 23, fracción II de la Ley Orgánica, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal. 

Cuarto. Que de conformidad con el artículo 28, primer párrafo, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Junta de Gobierno y Administración es el órgano que, en términos de la Ley, tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, entendiéndose por administración, conforme a lo establecido en la fracción I, del inciso B del propio artículo 28, la actividad para la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias;

Quinto. Que el artículo 29 del Reglamento Interior del Tribunal establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal. 

Sexto. Que el 3 de junio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo SS/13/2020 por el que el Pleno de la Sala Superior del Tribunal prorrogó la suspensión de actividades jurisdiccionales hasta el 15 de junio de 2020 y se emitieron las directrices estratégicas de regreso, para cuando las condiciones sanitarias lo permitan, de manera ordenada, graduada, escalonada, controlada, responsable y segura a las actividades en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. 

Séptimo. Que la Junta de Gobierno y Administración, mediante Acuerdo G/JGA/41/2020, emitió los “Lineamientos para el regreso, cuando las condiciones sanitarias lo permitan, de manera ordenada, graduada, escalonada, controlada, responsable y segura a las actividades en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus Sars– CoV2 (Covid-19)”. 

Octavo. Que mediante Acuerdo G/JGA/42/2020, la Junta de Gobierno y Administración emitió el Protocolo de Actuación para la reactivación ordenada, graduada, escalonada, controlada, responsable y segura de las funciones jurisdiccionales y administrativas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Noveno. Que mediante Acuerdo SS/7/2021, el Pleno General de la Sala Superior modificó el diverso SS/13/2020, por el que se emiten las “Directrices estratégicas de regreso, para cuando las condiciones sanitarias lo permitan, de manera ordenada, graduada, escalonada, controlada, responsable y segura a las actividades en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa”.

Décimo. Que mediante Acuerdos G/JGA/11/2021 y G/JGA/12/2021, de fecha 4 de febrero de 2021, la Junta de Gobierno y Administración modificó los diversos G/JGA/41/2020 y G/JGA/42/2020, relativos a los “Lineamientos para el regreso, cuando las condiciones sanitarias lo permitan, de manera ordenada, graduada, escalonada, controlada, responsable y segura a las actividades en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus sars–cov2 (covid-19)” y al “Protocolo de Actuación para la reactivación ordenada, graduada, escalonada, controlada, responsable y segura de las funciones jurisdiccionales y administrativas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa”, respectivamente, en concordancia con las modificaciones dictadas por el Pleno General de la Sala Superior. 

Décimo Primero. Que el Semáforo de riesgo epidemiológico para transitar hacia una nueva normalidad, es un sistema de monitoreo para la regulación del uso del espacio público de acuerdo con el riesgo de contagio de COVID-19, en cuyas últimas actualizaciones publicadas por la Secretaría de Salud se observa que la mayoría de las entidades federativas son colocadas con un riesgo epidémico en color amarillo o verde, es decir, medio o bajo. 

Décimo Segundo. Que con motivo de los mencionados cambios en el Semáforo de riesgo epidemiológico publicado por la Secretaría de Salud, resulta necesario adecuar los esquemas de trabajo aprobados por la Junta de Gobierno y Administración en términos de los dispuesto por el Protocolo de actuación para la reactivación ordenada, graduada, escalonada, controlada, responsable y segura de las funciones jurisdiccionales y administrativas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, conforme al nivel de riesgo epidemiológico correspondiente a cada entidad federativa, estableciendo la asistencia a los espacios de trabajo en jornadas presenciales continuas pero con horarios escalonados, para evitar la aglomeración de personas en las instalaciones del Tribunal y la propagación del virus SARS-CoV2 (COVID-19). 

Décimo Tercero. Que el avance en la implementación de las primeras tres etapas de la campaña de vacunación nacional contra la COVID-19, ha permitido reducir significativamente la propagación del mencionado virus, lo que ha generado las condiciones necesarias para reanudar las actividades normales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, siempre observando las medidas de higiene y sana distancia que deberán prevalecer para el mantenimiento y mejoramiento de dichas condiciones. 

Por lo anterior y de conformidad con lo establecido en los artículos 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 21 y 23, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y 28, inciso B), fracción I y 29 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se emite el siguiente: 

ACUERDO...

Consulta el texto completo en: 

https://drive.google.com/file/d/1Tu7cKlcpxw6BErmVjkgLmH4IY1o2GLPd/view?usp=sharing 










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