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EL CICLO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO MEXICANO

Autores: Carlos D. Gaytán Ochoa y Onosandro Trejo Cerda[1]





El trabajo de los autores, como refleja el epígrafe de su obra, es un análisis e interpretación, confrontando la doctrina autorizada con la legislación, en materia de planeación, programación, ingresos, presupuesto, control y cuenta pública de las finanzas del Estado mexicano, misma que colma una laguna editorial existente en el tratamiento y actualización de estos temas.

Se dice lo anterior ya que, si bien es cierto este tema forma parte de los textos elaborados por tratadistas clásicos de la ciencia de las finanzas pública, lo cierto es que no abundan las publicaciones que efectúen un estudio sobre las disposiciones que actualmente están en vigor, a la luz de los ordenamientos legislativos expedidos con antelación.

Este libro, divido en cinco títulos, inicia su exposición refiriéndose a la soberanía y seguridad nacional, como fundamentos de la planeación del desarrollo estatal, que vienen a ser los fines primordiales a realizar con los recursos que el Estado obtenga por medio de su actividad financiera.

Inmediatamente, en el mismo primer gran apartado de la publicación, se estudia la primera etapa de la actividad financiera pública, la planeación, abordando temas tales como los fundamentos normativos de la misma, así como los instrumentos a través de los cuales se lleva a cabo, el Sistema de Planeación Democrática y los Criterios Generales de Política Económica.

Después, en el siguiente título, se abordan las cuestiones relativas a las facultades político-económicas, financieras y no financieras, del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como las que son de competencia exclusiva de la Cámara de Diputados en esas materias.

El tercer título trata acerca del procedimiento normativo para la obtención de los recursos públicos financieros, que incluye la presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, por el Titular del Ejecutivo de la Unión, así como su dictamen, aprobación, discusión y aprobación por el Congreso General, culminando con la sanción, promulgación y publicación de esa iniciativa, convertida ya en una ley que se incorpora al orden jurídico nacional.

El siguiente apartado, es el relativo al procedimiento de aplicación de los recursos económicos obtenidos por el Estado, por medio de la preparación y autorización del Presupuesto de Egresos de la Federación, por los órganos ejecutivos y legislativos facultados, constitucional y legalmente, para ello. En este rubro está incluido, además, lo concerniente a los sistemas de control del gasto público en la Administración Pública Federal y los ramos autónomos, así como la ejecución de dicho gasto a través de las erogaciones correspondientes.

Por último, en el título quinto está descrito ampliamente el procedimiento de formulación y revisión de la cuenta pública, conjuntamente con los efectos jurídicos que del mismo derivan.

Con la lectura de la obra puesta a la consideración del lector, y acogiéndonos a las palabras vertidas por el prologuista, es un material que permite la comprensión de la columna vertebral de la política y la vida pública, las finanzas del Estado.
Elaborado por:


Lic. Mauricio Estrada Avilés
Subdirector Académico




[1] GAYTÁN OCHOA, Carlos D. y Trejo Cerda, Onosandro, El ciclo de las finanzas públicas en el ordenamiento jurídico mexicano, México, Porrúa, 2015.

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