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Foro "Día Internacional de la Mujer"

Mesa “Perspectiva de Género y Acceso a la Justicia Fiscal y Administrativa” Dentro del Foro “Día Internacional de la Mujer”, llevado a cabo en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 9 de marzo de 2015, tuvo lugar la Mesa “Perspectiva de Género y Acceso a la Justicia Fiscal y Administrativa”. Los ponentes invitados a disertar sobre el tema fueron: el Magistrado Dr. Carlos Mena Adame, de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; las integrantes de la Comisión para la Igualdad de Género, Magistrada María Isabel Gómez Muñoz, Presidenta de la Séptima Sala Regional Metropolitana; Magistrada Ma. Concepción Martínez Godínez, integrante de la Primera Sala Regional Metropolitana; y la Magistrada María Dolores Omaña Ramírez, Presidenta y Coordinadora de la Primera Sala Regional Metropolitana. La mesa comenzó con la participación del Magistrado Mena Adame, quien apuntó que la función de juzgar con...

Derechos Humanos Constitucionales e Internacionales, relación existente entre ambas categorías de prerrogativas esenciales

Puede afirmarse que existe una noción compartida colectivamente acerca de lo que debe entenderse por derechos humanos. Generalmente con este término se hace alusión al cúmulo de prerrogativas que le corresponden a cualquier persona por el simple hecho de serlo. Ahora bien, en un intento de realizar una delimitación más técnica de este concepto, los derechos humanos pueden conceptualizarse como exigencias de comportamiento a cargo de sujetos y entidades individualmente identificados, en relación a prerrogativas, potestades y atribuciones inherentes a la persona por su propia naturaleza, y cuya observancia está protegida por el orden jurídico nacional y supranacional. A partir de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 10 de junio de 2011, el primer párrafo de su artículo 1° establece que, en nuestro país, todas las personas disfrutarán de los derechos humanos reconocidos por la Constitución y en los tratados internacion...

Constitucionalidad del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a la Importación y Enajenación de Bebidas Azucaradas

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación recientemente declaró la constitucionalidad del artículo 2°, fracción I, inciso G), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, por virtud del cual se establece un gravamen a las actividades consistentes en la enajenación e importación de bebidas azucaradas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener dichas bebidas; así como jarabes o concentrados para preparar bebidas que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos automáticos, eléctricos o mecánicos, siempre que contengan cualquier tipo de azúcares añadidos. Cabe señalar que, el ordenamiento citado, en el diverso numeral 3°, fracciones XVIII y XIX, define lo que debe entenderse por esos conceptos, de la siguiente forma: Las bebidas saborizadas, son las no alcohólicas elaboradas por la disolución en agua de cualquier tipo de azúcares y que pueden incluir ingredientes adicional...