El evento académico organizado por el
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y el Centro de Estudios
Superiores en materia de Derecho Fiscal y Administrativo, fue un espacio
propicio para la exposición, crítica y explicación de los cambios a la
legislación fiscal para el presente año, mediante las mesas de trabajo
organizadas para tal efecto.
NUEVA
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Intervinieron como expositores, los señores: Mtro. Arturo Pueblita Fernández, de la Academia Mexicana de Derecho
Fiscal; el Dr. Agustín López Padilla,
socio director del bufete López Padilla; el Mtro. Diego Cuevas Estandía, abogado, consultor y litigante especialista
en Derecho Fiscal; el Lic. Arturo Pérez
Robles, del despacho Ortiz, Sáinz y Erreguerena; fungiendo como Moderadora,
la Mag. Nora Elizabeth Urby Genel,
de la Sala Superior del Tribunal.
El Mtro. Arturo Pueblita Fernández, señaló que la nueva Ley del Impuesto
sobre la Renta no implicó cambios sustanciales respecto de la que se abrogó,
aun cuando se derogaron las leyes de los Impuestos sobre Depósitos en Efectivo
y Empresarial a Tasa Única, que implicaron la disminución de la carga
administrativa para los particulares e instituciones bancarias.
Entre
los aspectos legales que implican un endurecimiento de mandatos tendentes a
salvaguardar la base gravable del tributo, destacan el que los beneficios de
los tratados para evitar la doble tributación, sólo serán aplicables a los
contribuyentes que acrediten ser residentes de alguno de los países firmantes,
además de imponerles diversas obligaciones para tal efecto; el establecimiento
de restricciones y fórmulas muy complejas, para que los residentes en México
puedan acreditar el impuesto que hayan pagado en el extranjero; así como la
disminución de conceptos deducibles que conlleva una mayor carga fiscal.
El Dr. Agustín López Padilla, refiriéndose también a la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, medularmente manifestó que, en realidad, es la misma que se derogó, con una simple modificación de los números de las disposiciones que ya se contenían en la ley abrogada.
Sin
embargo, la actual limitación a las deducciones que pueden hacerse en relación
con los gastos médicos y los seguros de gastos médicos mayores, afectan
fuertemente una prerrogativa humana reconocida por la Constitución y los
Tratados Internacionales, como es el derecho a la salud, estimando que se van a
promover amparos en los que supone podría
fallarse a favor de los causantes.
Por
su parte, el Mtro. Diego Cuevas Estandía apuntó que son muy pocas las
disposiciones que contiene la nueva ley, realmente benéficas para los contribuyentes;
por el contrario, se afecta gravemente a la economía de los trabajadores, por
la limitación de deducciones de determinados gastos, verbigracia, la relativa a
los consumos en restaurantes, que considera pueda provocar el cierre de
negocios y el consecuente despido de sus trabajadores que se quedarán sin
fuente de ingresos. También hizo
referencia a la no deducción de los pagos que, a su vez, sean ingresos exentos
para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de
0.53 al monto de los mismos.
El
más grande problema que, a su juicio crea la nueva ley, es la eliminación del Régimen
de Pequeños Contribuyentes (REPECOS), pues al pretender que se regularicen
contribuyentes es muy probable que no lo hagan y, consiguientemente no sea
obtenida la recaudación, ni el control que se pretende.
El
Lic. Arturo Pérez Robles expuso el tema de tributación internacional denominado
“Aspectos relevantes en materia de residentes en el extranjero”. Al respecto, habló
sobre lo que está aconteciendo en los Estados Unidos de Norteamérica, donde las
reglas tradicionales tributarias han dejado de ser efectivas al registrarse
decrementos en su recaudación impositiva, debido principalmente a la existencia
de los denominados “Regímenes Híbridos”, caracterizados porque en ciertos
países no se pagan impuestos por determinados conceptos, mientras que en otros,
sí son elementos gravables, por lo que a final de cuentas, algunas naciones
resultan perjudicadas y otras beneficiadas, puesto que las utilidades son
trasladadas a jurisdicciones fiscales más benéficas, por la presencia de tasas
reducidas o casi nulas, y por el contrario, las pérdidas son llevadas a
territorios con alta incidencia tributaria.
Por
lo tanto, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE),
insiste en que debe adoptarse un tratado entre todos los países que establezca
un trato fiscal igual para todos, mediante la instrumentación de un proyecto a
mediano y largo plazo, que dé respuesta a esta peculiar problemática.
Acompañando
a los expositores de la mesa, estuvo la Lic. María del Carmen Arteaga Alvarado,
Directora General del Centro de Estudios Superiores en materia de Derecho
Fiscal y Administrativo.
Elaborado por:
Lic. Manuel Quijano Méndez
Director de Área
Lic. Mauricio Estrada Avilés
Subdirector Académico
Centro, ideas en movimiento….