"PRAXIS de la Justicia Administrativa", año X, Núm. 25, 2018
La responsabilidad patrimonial del Estado por ruptura de la legalidad frente a las cargas públicas
Guillermo Cambero Quezada
El Estado compromete su responsabilidad cuando, por ejemplo, en la
construcción de una obra o en la prestación de un servicio,
desarrollados en beneficio de la comunidad, emplea medios o utiliza
recursos que colocan a los particulares, ya sea en su persona o en su
patrimonio, en una situación de quedar expuestos a experimentar un
“riesgo de naturaleza excepcional” que, dada su particular gravedad,
excede notoriamente, las cargas que normalmente han de soportar los
administrados como contrapartida de los beneficios que derivan de la
ejecución de una obra pública o de la prestación de un servicio. Esto se
conoce como el principio de ruptura de igualdad de los ciudadanos ante
la ley y las cargas públicas. Por lo que la Administración no podrá
eludir la responsabilidad probando que no tiene culpa.