Sistema Nacional Anticorrupción (sna) – Segunda Reunión del Órgano de Gobierno[1]
El Órgano
de Gobierno del Sistema Nacional Anticorrupción, del cual el Tribunal Federal
de Justicia Administrativa, a través de su Magistrado Presidente, forma parte
esencial, llevó a cabo el pasado 3 de julio su sesión, en el Instituto Nacional
de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
(INAI).
Asistieron
Jacqueline Peschard Mariscal, Presidenta del
Comité de Participación Ciudadana del SNA; Ricardo Salgado Perrillat,
Secretario Técnico del SNA; Francisco Acuña Llamas, Comisionado Presidente
del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales (INAI); Carlos Chaurand Arzate, Magistrado Presidente del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa; Arely Gómez González, Secretaria
de la Función Pública; Alfonso Pérez Daza, Consejero del Consejo de la
Judicatura Federal y Juan Manuel Portal Martínez, Auditor Superior de la
Federación.
En la
reunión fueron aprobados, por unanimidad, el Estatuto Orgánico de la Secretaría
Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción; el presupuesto y estructura
programática correspondiente a los ejercicios fiscales 2017 y 2018 de la
Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción; la Políticas, Bases y
Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la
Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, y la estructura
básica de la Secretaría Ejecutiva del Sistema.
Cabe
señalar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) destinó 214
millones 378 mil 676 pesos con 50 centavos para el funcionamiento del Sistema
en el proyecto de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2017, mientras que para
el año entrante se espera un presupuesto de 222 millones 386 mil 321 pesos con
70 centavos, ambos tomando como referencia el techo establecido por la SHCP.
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ESTABLECIMIENTO DE INSTANCIAS AUXILIARES EN
MATERIA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS EN EL TFJA
Derivado de
la expedición de toda la legislación secundaria relativa a la puesta en
operación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), misma que comenzó su
vigencia el 18 de julio pasado, y en tanto el Senado de la República no designe
a los Magistrados que integrarán las cinco Salas Especializadas en Materia de
Responsabilidades Administrativas, a establecerse en las ciudades de Puebla,
Torreón, Guadalajara y Ciudad de México (la cual contará con dos Salas en dicha
materia), con competencia en diversas entidades federativas además de donde
estén ubicadas, y la Tercera Sección de la Sala Superior, todas del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa, este Órgano Jurisdiccional determinó
habilitar temporalmente a la Décimo Tercera Sala Regional Metropolitana como
Sala Auxiliar para tramitar los expedientes que, a la entrada en vigor de esa
normatividad, se generen.
Asimismo,
en forma similar, las funciones que corresponden dentro del SNA a la precitada
Tercera Sección, las mismas serán asumidas por los Magistrados Presidente del
Tribunal y de las dos Secciones de Sala Superior.
Cabe
recordar que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el marco del
SNA tiene a su cargo la facultad de imponer sanciones por conductas graves a
los servidores públicos y particulares, vinculados con la comisión de tales
faltas, lo que se prevé realizará por medio de Salas Especializadas, siendo que
la Tercera Sección de su Sala Superior tiene a su cargo la potestad de revisar,
vía medio de impugnación, las resoluciones dictadas por aquellas, así como
atraer los casos más relevantes.
Es así que
el Tribunal se preparó para cumplimentar, en tiempo y forma, las atribuciones
que la Carta Magna le confiere, a partir de la reforma constitucional de 27 de
mayo de 2015.
Con estas
medidas, temporales y transitorias, el Tribunal demuestra que no valen
pretextos para dejar de cumplir con lo que ordena la ley, sin violentarla,
puesto que se hace uso de lo que ya existe –el marco jurídico de la
Institución, así como las herramientas, recursos materiales y personales con
los que cuenta– para hacer frente a una situación por demás inédita.
Está
previsto que las instancias en comento se ocupen solamente de recibir las correlativas
demandas y efectuar el trámite jurisdiccional de la instrucción en los
procedimientos, en espera de que para la fecha de resolución respecto a los
asuntos que ingresen, ya estén integradas tanto las Salas Especializadas como
la Tercera Sección apuntadas.
Elaborado por:
Lic.
Mauricio Estrada Avilés
Subdirector
Académico
Centro
de Estudios Superiores
[1]
Se agradece a la C. María de los Ángeles González González, adscrita al Centro
de Estudios Superiores en materia de Derecho Fiscal y Administrativo, la
compilación de la información con la cual se elaboró esta sección.