HACIA
LA CONMEMORACIÓN DEL 80° ANIVERSARIO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y
ADMINISTRATIVA
El próximo 27 de agosto del presente se
cumplen ochenta años de la expedición de la Ley de Justicia Fiscal, por lo
mismo, en esa misma fecha este Órgano Jurisdiccional llegará a igual número de
años de existencia, pues no hay que olvidar que la ley en cita creó al entonces
Tribunal Fiscal de la Federación.
Con motivo de tan memorable
acontecimiento, en esta oportunidad se presentan interesantes reflexiones
producidas por el señor Licenciado Carlos del Río Rodríguez, Magistrado
Presidente del Tribunal Fiscal de la Federación, contenidas en el discurso
pronunciado en la sesión solemne para conmemorar el XXX aniversario de la
promulgación de la Ley de Justicia Fiscal, celebrada el 26 de agosto de 1966[1].
Mag. Carlos del Río Rodríguez. Magistrado
Presidente del TFF
Período: 1965-1968/1969
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Los fragmentos especialmente seleccionados
constituyen una apología precisamente respecto a esta última legislación y
relata interesantes anécdotas en relación a la creación del Tribunal.
“… El 27 de
agosto de 1936, en uso de las facultades extraordinarias que por decreto de 30
de diciembre de 1935 le había concedido el H. Congreso de la Unión para la
organización de los servicios públicos hacendarios, el señor Presidente de la
República promulgó la Ley de Justicia Fiscal, que en este pleno extraordinario
conmemoramos ante esta distinguida audiencia…”
“… Dicha
ley, de escasos 58 artículos, determinaba en México el establecimiento del
primer tribunal administrativo en el marco de las constituciones federales.
Bien podemos decir, con la metáfora bíblica, que esa semilla habría de crecer
hasta convertirse en un árbol frondoso y que en sus múltiples ramificaciones ha
dado óptimos frutos en el campo del derecho…”
“… Al
decir de uno de los miembros integrantes de la Comisión Redactora de la Ley de
Justicia Fiscal y magistrado fundador de este Tribunal, don Alfonso Cortina
Gutiérrez, nuestro juicio tributario es muy francés en su origen; más no por
ello debemos olvidar que las instituciones, probadas en otros países, que hemos
incorporado a nuestro régimen jurídico, pronto se han vuelto mestizas, pues sin
olvidar sus orígenes, adoptamos lo que consideramos necesario para responder a
la idiosincrasia de nuestro pueblo…”
“… Nació
este organismo en un ambiente que podríamos llamar negativo: de indiferencia
cuando no de escepticismo por parte de los particulares. Acaso pensaban que el
Tribunal Fiscal de la Federación actuaría como dependencia estrechamente
vinculada a la secretaría de Hacienda y Crédito Público, y que, por lo tanto,
el particular no encontraría aquí un procedimiento rápido y expedito y un
espíritu de justicia, en el más amplio sentido de la palabra. Toda la Ley de
Justicia Fiscal significaba innovación, introducía reformas y, en muchos
aspectos, contradecía lo que aparentemente parecían ser postulados inmutables del
régimen jurídico mexicano. No se apreció claramente que el Poder Público
expedía una ley mediante la cual se imponía una autolimitación y, en generoso
propósito, procuraba dar a los contribuyentes medios efectivos de defensa
contra posibles arbitrariedades, buscando que el complejo, pero confuso sistema
de los medios de impugnación de las resoluciones en materia tributaria, se
ajustara a un procedimiento en el seno de la propia administración pública que
garantizara la justicia pronta y expedita que tanto anhelaron los
constituyentes de 1857 y de 1917…”
“… Los
magistrados fundadores de este organismo, según testimonio de uno de ellos,
actual Ministro de la Suprema Corte, don Mariano Azuela, llegaron recelosos a
la secretaría de Hacienda y Crédito Público, pero dispuestos a que el ideal de
independencia con que se constituía el Tribunal Fiscal se volviese realidad.
Aquella atmósfera de escepticismo inicial se tornó en confianza, tanto de los
particulares como de la administración pública, ya que aquéllas (sic) veían la
independencia de criterio de los magistrados y ésta conservó su escrupulosa
rectitud en su afán de constituir el Tribunal Fiscal en órgano respetado y
respetable…”
“… La Ley
de Justicia Fiscal, a la que debe su vida jurídica el Tribunal Fiscal de la
Federación, le asignó a este organismo competencia muy limitada, sin duda por
tratarse del primer tribunal administrativo en México establecido bajo la
vigencia de una Constitución Federal. Sin embargo, su esfera de competencia, a
partir de 1939, ha sido ampliada paulatinamente a través de diversas reformas
legales…”
“En
consecuencia, este acto conmemorativo es justo homenaje a la memoria del
titular del Poder Ejecutivo que, hace treinta años, introdujo en el sistema
jurídico mexicano una de las modificaciones de mayor trascendencia; homenaje
también a la institución que ha servido de modelo a todos los tribunales
administrativos del mundo: el Consejo de Estado de Francia; homenaje y justo
reconocimiento a todos los magistrados y empleados que han prestado sus
servicios eficazmente para lograr que este organismo en tan corto lapso haya
logrado tan importantes objetivos; y homenaje, finalmente, a los diversos
secretarios de Hacienda y Crédito Público que siempre han mostrado respeto a la
autonomía del Tribunal Fiscal de la Federación, pues jamás han tratado de
influir sobre el criterio de sus magistrados, conscientes de la legitimidad y
rectitud de los principios que informan la expedición de la Ley de Justicia
Fiscal…”
No queremos dejar pasar la ocasión para
comentar sobre algunas de las personalidades que estuvieron presente en este
acto:
- Señor Licenciado Antonio Ortiz Mena, secretario de
Hacienda y Crédito Público; representante personal del Señor Presidente de la
República en ese acto
- Señor Presidente de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, Licenciado Agapito Pozo
- Señor Doctor Alexandre Parodi, vicepresidente del
Consejo de Estado francés
Elaborado
por:
Lic. Mauricio Estrada Avilés
Subdirector Académico
Centro de Estudios Superiores
[1]
Discurso contenido en: Memorias de las
conferencias sustentadas con motivo del XXX aniversario de la promulgación de
la Ley de Justicia Fiscal, Tercer Número Extraordinario de la Revista del
Tribunal Fiscal de la Federación, México, 1967, pp. 313-318.
Se agradece la localización
de los datos base con los cuales se elaboró esta sección, a la C. María de los
Ángeles González González, adscrita al Centro de Estudios Superiores en materia
de Derecho Fiscal y Administrativo.