La Procuraduría
Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) es el órgano administrativo
desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con
autonomía técnica y operativa, facultado para realizar auditorías ambientales.
La Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece la creación del
Programa Nacional de Auditoría Ambiental (PNAA), en el que voluntariamente, productores,
empresas u organizaciones empresariales someten a revisión sus procesos para
evaluar qué tanta contaminación producen, el riesgo que generan, el grado de
cumplimiento de la normatividad ambiental, así como buenas prácticas de
operación e ingeniería aplicables, con el objeto de definir las medidas
preventivas y correctivas necesarias para proteger el medio ambiente[1].
En ese tenor, la
PROFEPA otorga 3 certificados ambientales, con vigencia de 2 años, de acuerdo
con el tipo de empresa de que se trate, como se muestra a continuación:[2]
Las auditorías ambientales no son
realizadas directamente por la PROFEPA sino por organismos de evaluación que
cuentan con el aval de la Entidad Mexicana de Acreditación A. C. (EMA), que
reconoce la competencia técnica y confiabilidad de los laboratorios de ensayo,
laboratorios de calibración, laboratorios clínicos, unidades de verificación
(organismos de inspección) y organismos de certificación para la Evaluación de
la Conformidad.[3]
Las empresas que desean someterse a una
auditoría ambiental deben elegir al Auditor Ambiental dentro del Padrón
Nacional, que se puede consultar en la página
De esta manera, pueden realizar una
búsqueda por Estado o alfabéticamente, al elegir una letra, y conocer de cada
organismo a los auditores ambientales registrados, las áreas de su especialidad,
los aprobados y suspendidos, así como si está vigente su registro.
Una vez realizada la auditoría ambiental, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales pondrá a disposición de
quienes resulten o puedan resultar directamente afectados, los programas
preventivos y correctivos, así como el diagnóstico básico del cual derivan.
El objetivo de someterse a una evaluación
ambiental es la obtención de la certificación ambiental, que implica una mejora
del desempeño ambiental y traducirse en beneficios económicos.
Elaborado por:
Lic. Diana Fernández Conde
Abogada
[1] Recuperado de los artículos 38 y 38 BIS de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, consultable en:
[2] Información obtenida de: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/file/26/1/brochure.pdf
[3] Información recuperada de: http://www.ema.org.mx/portal/index.php/Ema/ema.html