El documento de validez oficial de observancia obligatoria mediante el cual la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) hace constar que los vehículos y motores nuevos cumplen con los límites máximos permisibles establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas, para determinar que respeten los límites máximos permisibles de emisiones de gases, partículas, hidrocarburos evaporativos, la opacidad de humo y ruido, es el Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental. [2] Documento que es intransferible, expedido por líneas de vehículos automotores y año-modelo, únicamente se otorga a fabricantes e importadores mexicanos, así como de otros países con los que el gobierno haya suscrito algún acuerdo, convenio o tratado comercial. Debe obtenerse antes de la importación definitiva o comercialización en el territorio nacional de vehículos nuevos cuyo peso bruto vehicular no exceda los 3,857 kilogramos y que utilizan gasolina de petróleo, gas natural o diésel como combustible.
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