Durante el primer semestre de este
año, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a fin de cumplir
a cabalidad con los mandamientos establecidos por el artículo 17
Constitucional, en el sentido de que la función jurisdiccional sea realizada en
forma pronta, abrió nuevas Salas Regionales en distintas entidades federativas.
Es así que este Órgano
Jurisdiccional está llevando a cabo puntualmente los objetivos 4 y 6 de su Plan
Estratégico 2010-2020, para que de este modo tenga al menos una Sala Regional
en cada Estado de la República.
Cabe señalar que con estas
acciones se conseguirán diversas metas, como son acercarse a los lugares de
residencia de los usuarios del servicio público de impartición de justicia
administrativa, abatir el inventario de expedientes en trámite, repartir
equitativamente las cargas de trabajo e incrementar su especialización por
razón de materia.
Por lo anterior, en esta ocasión
serán expuestas a grandes rasgos las consideraciones que se tuvieron en cuenta
para la apertura de las Salas Regionales en determinados sitios, con base en
los estudios efectuados para diagnosticar el número de Salas requeridas,
personal, equipo e infraestructura necesarios.[1]
DISTRITO
FEDERAL
Se establecieron tres Salas
Regionales más, a las once que ya operaban en la circunscripción, la 12ª., 13ª.
y 14ª. Salas Regionales Metropolitanas.
De acuerdo con informes
estadísticos, esta región estaba muy por encima del límite óptimo para despachar
los asuntos, puesto que su inventario representaba cerca del 33% del total
existente entre todas las Salas Regionales y Especializadas del Tribunal.
MORELOS
Habida cuenta que las Salas
Regionales Metropolitanas tenían jurisdicción tanto en el Distrito Federal como
en el Estado de Morelos, a efecto de acercar la justicia a los gobernados cuyo
domicilio fiscal está ubicado en esta última entidad, se consideró conveniente
asentar ahí una juzgadora –la Sala Regional de Morelos- para desahogar el
trabajo de la mencionadas primeramente y, al constituirla como la 8ª. Sala Auxiliar,
contribuirá a la redistribución de las cargas de trabajo de todas las demás del
país.
SAN
LUIS POTOSÍ
Por idéntica razón a la señalada
en el apartado anterior, se determinó la creación de la Sala Regional de San
Luis Potosí, pero adicionalmente cabe agregar que también fue tomado en
consideración que el 42% del inventario manejado por la Región del Centro II,
constituida por Querétaro y aquella entidad federativa, provenía precisamente de
San Luis Potosí.
PUEBLA
La Región de Oriente anteriormente
estuvo integrada por tres Salas Regionales; dos de ellas se convirtieron en
Salas Auxiliares, por lo que para la atención de los asuntos de la demarcación
únicamente quedó una sola, por lo que su inventario de expedientes era el más
alto entre las demás Salas Regionales, de ahí que se estimó necesario
establecer una más, la Segunda Sala Regional de Oriente, en unión a la ya
existente que se transformó en la Primera.
En la siguiente entrega, habrá de
darse cuenta de otras Salas Regionales próximas a iniciar funciones en la
primera mitad del año y los motivos que condujeron a su establecimiento.
Elaborado por:
Lic. Mauricio Estrada Avilés
Subdirector de Área
[1] Para mayor detalle, puede consultarse el Acuerdo SS/6/2015, de la
Sala Superior, publicado en el Dario Oficial de la Federación el 29 de abril de
2015, disponible en: