REFLEXIONES
A PARTIR DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE PARIDAD DE GÉNERO
“No deseo que
las mujeres tengan poder
sobre los
hombres, sino sobre ellas mismas.”
Mary Wollstonecraft
Zulema Mosri Gutiérrez*
En
la actual circunstancia que México vive, hay
temas cuya trascendencia e implicaciones para
la evolución de nuestro país deben valorarse profundamente. Uno de ellos
–que merece especial análisis y
reflexión- es la compleja y larga
lucha de las mujeres por su pleno
derecho a la igualdad que, gradualmen-
te ha conquistado con meritorios resultados.
Nuestro
marco jurídico fundamental establece
principios inalterables con relación a las mujeres.
Normas que no solo estimulan su desarrollo personal, sino que promueven su empoderamiento
y vigorizan la lucha contra toda discriminación basada en el
sexo.
En
la segunda mitad del siglo XX, durante el eventual avance de la democracia, el mundo presenció un excepcional cambio
político que fue el ascenso del
papel desempeñado por la mujer para
alcanzar mejores condiciones de igualdad.
En nuestro
país, la mujer
pudo votar desde
1937, en las elecciones
municipales y, en 1953, en el ámbito federal; fueron grandes triunfos, como lo es actualmente, la reforma constitucional del pasado 6 de junio de
2019, que establece el principio de paridad de género en todos los órganos públicos y de decisión
política.
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*Magistrada de la Sala Superior y Presidenta de la
Comisión para la Igualdad
de Género del Tribunal
Federal de Justicia
Administrativa
Consultable en:
http://www.tfjfa.gob.mx/media/media/cesmdfa/gacetas/gaceta_300515/2020/Gaceta_N_18_FEBRERO_2020.pdf